sábado, 4 de febrero de 2012

Lo que es el pecado y lo que no es




Dios juzga nuestros pecados tal como los tenemos en la conciencia.

5. Conviene instruirse bien de lo que es pecado y de lo que no lo es, pues si creo que algo es pecado grave -aunque de suyo no lo sea- y a pesar de eso lo hago voluntariamente, cometo un pecado grave.


«La educación de la conciencia es indispensable»122 .

«La formación de la conciencia es una grave obligación moral: el hombre está obligado a formar una conciencia recta.

»En caso contrario, se hace responsable de todas sus faltas, aun las cometidas con ignorancia»
123.

«Una conciencia equivocada es culpable si se debe a despreocupación por conocer la verdad y el bien»
124.

«La conciencia es la norma subjetiva próxima del actuar.

»Es decir, que en la determinación última, la conciencia decide.

»Esto parece obvio cuando se trata de la conciencia recta, asentada en criterios verdaderos.

»Pero, ¿también en caso de error invencible, el hombre ha de seguir el dictamen de su conciencia? La respuesta es afirmativa. (...)

»Pero la conciencia errónea plantea hoy serios problemas pastorales dado que, debido a la situación doctrinal confusa, (...) no es fácil discernir cuándo alguien está en ignorancia culpable, o simplemente se debe a que ha sido instruido en tales errores»
125.




6. Por lo tanto, una acción pecaminosa no será pecado, si al hacerla yo no sé que es pecado.

Una acción lícita y permitida será pecado, si al hacerla yo creo erróneamente que es pecado y la hago libremente.

El pecado será grave, si al hacerlo yo lo tenía por grave, aunque de suyo la materia no sea grave.

El pecado será leve, si al hacerlo yo lo tenía por venial, aunque después me entere que la materia fue grave.

El pecado ya cometido fue leve, pero si lo repito después de conocer su gravedad, la misma acción será ahora pecado grave.

La razón de todo esto es que Dios juzga nuestros pecados tal como los tenemos en la conciencia.

Lo que Dios castiga es la mala voluntad que tenemos al hacer una cosa, no las equivocaciones o errores involuntarios.

Pero debemos procurar tener bien formada la conciencia.

«Quien duda de si está en la verdad, ha de poner los medios para salir de esa situación»
126.

Evidentemente que la moralidad de un acto está condicionado por circunstancias que pueden ser agravantes, atenuantes y hasta excusantes. Pero esto no obsta para que haya normas morales objetivas.

La moral de situación descarta estas normas objetivas y sólo atiende, como norma de moralidad, al juicio particular de cada uno, prescindiendo del recto orden objetivo
127.

Algunos, siguiendo la doctrina de Max Weber, de la «ética de la intención», sostienen que la fuente de la moralidad es el fin que se proponga el agente. Pero Juan Pablo II, en su encíclica Veritatis splendor rechaza esta doctrina diciendo: «Si el objeto de la acción concreta no está en sintonía con el verdadero bien de la persona, la elección de tal acción es moralmente mala»
128.




7. Para pecar basta tener intención de hacer lo que es pecado, aunque después no se realice.

Soy culpable del pecado en el momento en que he decidido cometerlo.

Por ejemplo: peca gravemente quien ha tenido intención de cometer un adulterio, aunque después, por alguna dificultad que surgió, no lo haya realizado en la práctica.

El pecado realizado es más grave, pero sólo el intentarlo ya es pecado.

Uno coge cierta cantidad de dinero con intención de robar, y luego se entera que robó su propio dinero: ha cometido pecado formal aunque no haya sido pecado material.

Dos palabras sobre la doctrina del doble efecto:
«Se puede tener en cuenta la doctrina clásica sobre las cuatro condiciones que se requieren para actuar cuando de la acción se siguen dos efectos, uno bueno y otro malo.
Son las siguientes:


a) Que la acción, en sí misma, sea buena o al menos indiferente.
b)Que el fin perseguido sea obtener el efecto bueno y, simplemente, permitir el m alo.
c) Que el efecto primero o inmediato que se ha de seguir sea el bueno y no el malo.
d) Que exista causa proporcionalmente grave para actuar»
129.



8. El 6 de agosto de 1993 el Papa Juan Pablo II firmó la encíclica «Veritatis splendor». La encíclica ha venido a terminar con el subjetivismo moral que se estaba extendiendo en la Iglesia.

Muchos se creen con el derecho de decidir ellos mismos lo que es bueno y lo que es malo, según su conciencia; prescindiendo de la ley de Dios, tanto natural como positiva.

El bien y el mal tienen un valor objetivo, y no dependen de las opiniones de los hombres.

Es importante la opción fundamental de orientar la vida hacia Dios. Pero, aunque no haya un rechazo explícito de Dios, se incurre en pecado mortal por una transgresión voluntaria de la ley moral en Materia grave.

Monseñor Yanes, Presidente de la Conferencia Episcopal Española, ha dicho: «Veritatis splendor» es una presentación amplia de algunos aspectos fundamentales de la moral cristiana. (...). La encíclica es una invitación a la reflexión. Supone el sincero deseo de buscar y encontrar la verdad. Exige tomar en serio nuestra vida y nuestra vocación delante de Dios»
130.


Dice la encíclica:
«La conciencia no está exenta de la posibilidad de error (nº62). El mal cometido a causa de una ignorancia invencible o de un error de juicio no culpable puede no ser imputable a la persona que lo hace (...), pero cuando la conciencia es errónea culpablemente porque el hombre no trata de buscar la verdad, compromete su dignidad (nº63).

El hombre tiene obligación moral grave de buscar la verdad y seguirla una vez conocida (nº34).

Es pecado mortal lo que tiene como objeto una Materia grave y es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento (nº70).

Con cualquier pecado mortal cometido deliberadamente, el hombre ofende a Dios que ha dado la ley (...); a pesar de conservar la fe pierde la gracia santificante (nº68).

La opción fundamental es revocada cuando el hombre compromete su libertad en elecciones conscientes de sentido contrario en materia moral grave (nº67).

Los cristianos tienen en la Iglesia y en su Magisterio una gran ayuda para la formación de la conciencia (nº64). La Iglesia ilumina sobre la verdad objetiva de la ley natural, obra de Dios (nº40).

El hombre que se desengancha de la verdad objetiva de la ley natural se equivoca (nº61).

Es inaceptable que se haga de la propia debilidad El Criterio de la verdad para justificarse uno mismo (nº104), adaptando la norma moral a los propios intereses (nº105).

La conciencia no es una fuente autónoma para decidir lo que es bueno o malo (nº60). Por voluntad de Cristo la Iglesia Católica es maestra de la verdad, y su misión es (...) declarar y confirmar con su autoridad los principios de orden moral que fluyen de la misma naturaleza humana (nº64).

El Señor ha confiado a Pedro el encargo de confirmar a sus hermanos (nº115). La Iglesia se pone al servicio de la conciencia ayudándola a no desviarse de la verdad (nº 64, 110, 116).

Los fieles están obligados a reconocer y respetar los preceptos morales específicos declarados y enseñados por la Iglesia en el nombre de Dios (nº76). Los fieles, en su fe, deben seguir el Magisterio de la Iglesia, no las opiniones de los teólogos (Prólogo).

La Iglesia tiene autoridad no sólo en cuestiones de fe sino también en cuestiones de moral (nº28 y 95). La fe tiene un contenido moral: suscita y exige un compromiso coherente con la vida (nº83).

Una verdad no es acogida auténticamente si no se traduce en hechos, si no es puesta en práctica (nº88). La libertad no es un valor absoluto (nº32). La libertad debe someterse a la verdad (nº34).

No hay libertad fuera de la verdad (nº96). Se llegaría a una concepción relativista de la moral (nº33). La revelación enseña que el poder de decidir sobre el bien y el mal no pertenece al hombre, sino sólo a Dios (nº35). La doctrina moral no puede depender de una deliberación de tipo democrático (nº113).

La ley natural es universal en sus preceptos, y su autoridad se extiende a todos los hombres (nº51). A ella deben atenerse tanto los poderes públicos como los ciudadanos (nº97 y 101).

Las opiniones de los teólogos no constituyen la norma de enseñanza (nº116). En la oposición a la enseñanza de los Pastores no se puede reconocer una legítima expresión de la libertad cristiana ni de las diversidades de los dones del Espíritu Santo (nº113).

Los Pastores tienen el deber (...) de exigir que sea respetado siempre el derecho de los fieles a recibir la doctrina católica en su pureza e integridad (nº113). Hay verdades y valores morales por los cuales se debe estar dispuesto a dar incluso la vida (nº94).

Ninguna doctrina filosófica o teológica complaciente puede hacer verdaderamente feliz al hombre: sólo la cruz y la gloria de Cristo resucitado, pueden dar paz a su conciencia y salvación a su vida

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