miércoles, 14 de septiembre de 2011

¿Qué son las Indulgencias?




Hay mucho más que decir a cerca de las indulgencias, por lo que te invitamos a que conozcas lo que la Iglesia enseña: en qué se basa para otorgarlas, quién y como se pueden ganar, etc.

El tratado sobre las indulgencias se puede considerar como un complemento del referente al sacramento de la Reconciliación, por su estrecha y directa relación con el tema del pecado personal y sus consecuencias. La Confesión perdona el pecado; las indulgencias liberan de una consecuencia del pecado: la pena temporal. La Confesión es lo principal; las indulgencias, lo secundario. La doctrina de las indulgencias también tiene que ver con la realidad del misterio de la Iglesia como Cuerpo Místico de Cristo y con la consecuente Comunión de los Santos, así como con lo que sabemos acerca del Purgatorio.

DEFINICIÓN: Por lo general, llamamos indulgente a la persona que tiene clemencia de otra y concede fácilmente el perdón; en vez de pedir el castigo por una culpa, o exigir el pago de un adeudo, otorga la libertad y la espera o la remisión del pago. Es en el fondo el mismo concepto al referirnos en la Iglesia a Indulgencias:

"Indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en lo referente a la culpa, que gana el fiel, convenientemente preparado, en ciertas y determinadas condiciones, con la ayuda de la Iglesia, que, como administradora de la redención dispensa y aplica con plena autoridad el tesoro de los méritos de Cristo y de los Santos"
(Indulgentiarum doctrina N 1)

Existen dos tipos o clases de indulgencias: las plenarias, que liberan al hombre plenamente de la pena temporal; y las parciales, que saldan sólo una parte de esa pena. Esto es en virtud de la disposición e intención del penitente y según lo dispuesto por la Iglesia.

EL PECADO: Sea grave o leve, el pecado entraña siempre una desobediencia a Dios que hace al hombre culpable de la transgresión voluntaria a su Ley. En cuanto culpable, el hombre es merecedor de una pena o castigo, que será tanto mayor cuanto más grave sea la culpa en que incurrió. Así el hombre, al pecar, contrae culpas y merece penas. Si el pecado es mortal, la culpa es grave y la pena o castigo es eterna, de duración infinita; si el pecado es venial, la culpa es leve y la pena es temporal, de duración limitada.

Es importante distinguir entre culpa y pena: la primera se perdona con el arrepentimiento del hombre y el Sacramento de la Reconciliación; mientras que la segunda es la consecuencia de haber ofendido a Dios, consecuencia que hay que remediar de algún modo.

La pena eterna debida por los pecados mortales, se perdona junto con la culpa en el sacramento de la Reconciliación, que hace desaparecer el estado de enemistad que había entre el pecador y su Creador; más no así la pena temporal.

La Iglesia enseña que por medio de la penitencia impuesta y cumplida en el sacramento de la Reconciliación, el pecador obtiene el perdón de una parte de esa pena temporal, pero queda debiendo la otra parte y para borrarla hay que seguir otros caminos. Uno de ellos es la recepción -con las debidas disposiciones- del sacramento de la Unción de Enfermos; otro sería la realización de obras que la Iglesia señala como la limosna, el ayuno y la oración; la aceptación voluntaria y humilde de los males o sufrimientos que Dios nos permite vivir aquí en la tierra y, el tercero es con las indulgencias, medio que el amor sin medida de Dios ofrece al hombre y que la Iglesia ofrece a sus hijos como última oportunidad de evitar las penas del purgatorio y acelerar la entrada en la vida eterna al dejar este mundo.

La Iglesia enseña lo siguiente:

  1. Las indulgencias no liberan al hombre de ninguna culpa, ni grave ni leve ni perdonan la pena eterna. Para liberarse de la culpa y de la pena eterna, son necesarios el arrepentimiento y el Sacramento de la Reconciliación.

  2. Las indulgencias liberan al hombre, en cambio, de la pena temporal.

  3. Para que se produzca este efecto, se requiere siempre que antes haya sido perdonada la culpa.

EL PURGATORIO: Por purgatorio se entiende el lugar al que van las almas de los justos que en instante de la muerte están "manchadas" por pecados veniales o por penas temporales debidas por el pecado mortal ya perdonado, que aún no han sido expiadas.

El Papa Pablo VI, en su Constitución Apostólica, "Doctrina sobre las Indulgencias" enseña que las penas debidas por los pecados pueden cumplirse por medio de los sufrimientos propios de la vida terrena, vividos con paciencia y esperanza; o bien después de morir, en el purgatorio.

La finalidad del purgatorio es expiatoria: pretende principalmente preparar el alma para la posesión de Dios. Ahí hay dolor y gozo al mismo tiempo. Las almas que entran en el purgatorio alcanzan la certeza absoluta de que llegarán un día al Cielo, y eso es fuente de felicidad; pero, a la vez, experimentan un dolor intensísimo, consecuencia, por una parte del anhelo ardiente de ver a Dios y de la imposibilidad de lograrlo todavía, y por otra, del fuego, conocido con el nombre de "pena de sentido" que, según San Agustín, produce un sufrimiento más violento que cualquier cosa que pueda padecer el hombre en esta vida. Las indulgencias tienen por objeto, precisamente, brindar al hombre la oportunidad de liberarse, en vida, de esos terribles padecimientos.

CUERPO MÍSTICO DE CRISTO: La Iglesia es el Cuerpo Místico cuya cabeza es Cristo, es "un solo cuerpo con un solo Espíritu" (Cf. 1Co 12,12-31). Hay entre Cristo y los cristianos un vínculo permanente de Amor, es el Espíritu Santo quien fluye a través de ese Cuerpo Místico. Este misterio es uno de los fundamentos sobre los que descansa la doctrina sobre las indulgencias.

La redención efectuada por Cristo y la compensación sobreabundante que Él dio por el pecado puede ser participada por los miembros de su Cuerpo Místico. El amor que llevó a Jesús a derramar su Sangre por los hombres, es un verdadero "tesoro" que el Salvador adquirió para su Cuerpo Místico, la Iglesia, a quien constituyó depositaria y administradora del mismo. A ese "tesoro", se le suman los méritos de la bienaventurada Madre de Dios y los de todos los santos, desde el primero hasta el último. Los bienes realizados por todos ellos, benefician al resto del Cuerpo Místico, contienen una riqueza "compensadora" que se revierte sobre el mundo. La Iglesia, a través de las indulgencias, aplica a los fieles parte de los méritos infinitos del Salvador para redimirles de toda o parte de la pena temporal que debían por sus pecados. Esta doctrina se funda en la Escritura, es parte de la Tradición desde las primeras comunidades y es claramente enseñada por el Magisterio desde hace más de cinco siglos.

LA COMUNIÓN DE LOS SANTOS: El dogma de la Comunión de los Santos constituye el otro pilar fundamental en que descansa la doctrina de las indulgencias.

El vínculo de la caridad (amor) es al mismo tiempo el vínculo de unidad de todos los discípulos de Cristo. Entre ellos "unos peregrinan en la tierra; otros, ya difuntos, se purifican; otros finalmente, gozan de la gloria…..; mas todos, en forma y grado diverso, vivimos unidos en una misma caridad para con Dios y para con el prójimo y cantamos idéntico himno de gloria a nuestro Dios" (LG 49).

Todos los cristianos formamos un solo Cuerpo para siempre, ya se encuentren en el Cielo, ya en el purgatorio o en la tierra; podemos y debemos ayudarnos mutuamente participándonos unos a otros de los bienes espirituales, para remisión de las penas. Este dogma se puso de manifiesto desde los orígenes de la Iglesia, que teniendo conciencia de la comunión que reina en todo el Cuerpo Místico de Jesucristo, desde los primeros tiempos guardó con piedad la memoria de los difuntos y ofreció sufragios por ellos.

La unión de los vivos con los hermanos que habían muerto en la paz no se rompía, sino que quedaba fortalecida por la comunicación de bienes espirituales, así se estableció y desarrolló la piadosa costumbre de orar por las almas del purgatorio. Y, a partir del siglo XIII grandes teólogos defendieron la posibilidad de aplicar las indulgencias para liberar a los difuntos de sus penas temporales en el purgatorio. La eficacia de estas indulgencias por los difuntos sólo la conoce el Padre de las misericordias. Él las aplicará de la manera que juzgue oportuna, aunque podemos estar seguros de que lo hará con una generosidad que sobrepasa nuestras expectativas.

DIMENSIÓN ESPIRITUAL: Con las indulgencias no se persigue únicamente la remisión de la pena temporal; se pretende también que los fieles apartados de Dios vuelvan a Él por la contrición sincera y por los Sacramentos; que los tibios se enciendan en un nuevo fervor de caridad y que todos crezcan en el amor a Dios y al prójimo. Por lo tanto, las indulgencias tienen un gran valor en la vida espiritual de los cristianos, persiguen un progreso espiritual, que se traduzca en las obras de la vida diaria.

Lo primero que se necesita para ganar una indulgencia es estar en estado de gracia, las indulgencias, por tanto, pueden contemplarse como una forma de avivar eficazmente en el pecador el deseo de reconciliación con Dios, paso previo y necesario para obtenerlas. Son una motivación de indiscutible valor para el retorno a Dios del pecador, que es lo que la Iglesia desea ardientemente.

Además del estado de gracia, se requiere también, tratándose de indulgencias parciales, que haya en el corazón un rechazo sincero y un arrepentimiento del pecado. Si se trata de indulgencias plenarias, se busca un rechazo de todo lo que pueda ofender a Dios, y el propósito firme de luchar con decisión para ir disminuyendo los agravios a la ley divina, por leves que sean, como expresión del deseo de progresar en la vida espiritual. Alentar esta contrición verdadera es otro de los beneficios espirituales que se pueden alcanzar con las indulgencias.

El deseo de ganar indulgencias debe ir siempre unido, tanto al ejercicio de una fe viva, como al cultivo de otras virtudes que son indispensables para la plena comunión con Dios: la humildad para reconocerse pecador; la penitencia, para proponerse a evitar el pecado; la esperanza, que lleva a la plena confianza en la bondad de Dios y su perdón; la caridad, que conduce a las obras buenas requeridas para ganarlas.

Esta práctica favorece también la renovación de la vida cristiana y su desarrollo gradual por la constante rectificación de la conducta. Las indulgencias no son un recurso cómodo para librarse de la pena temporal, supone y exige un planteamiento serio personal, en cuanto a la propia existencia y apunta a un cambio interior y a una lucha decidida contra el egoísmo. Carecer de la debida rectitud de corazón y de un propósito de conversión, dejaría al hombre sin ganar las indulgencias, aunque realizara todas las prácticas externas que se le piden. Lo principal e indispensable es la disposición personal interna, además de las obras que indica la Iglesia, que tampoco deben omitirse para ganar las indulgencias. Quien desea verse liberado de la pena temporal merecida, debe tener presente lo que en realidad se espera de él: "…que ame a Dios, deteste los pecados, tenga confianza en los méritos de Cristo y crea firmemente que la Comunión de los Santos es de gran utilidad" (Pablo VI)

El uso de las indulgencias contribuye a fortalecer la unidad del Pueblo de Dios, con su ayuda los miembros de la Iglesia Purgante se suman más rápidamente a la Iglesia Celestial, a la vez que por las mismas indulgencias el reino de Cristo se instaura más y con mayor rapidez. El anhelo más profundo de la Iglesia al recomendar esta práctica es despertar en los corazones la llama de la caridad, sin la que "no soy nada" dice el Apóstol (1Cor 13,2), aunque lo haya hecho todo y lo haya dado todo.

DISPOSICIONES Y NORMAS PARA GANAR INDULGENCIAS: A lo largo de la historia de la Iglesia, la verdad sobre las indulgencias y las disposiciones para ganarlas han ido evolucionando, en cuanto se han comprendido más claramente sus fundamentos y razones. Durante los primeros siglos se hablaba de súplicas, absoluciones, libelos de paz, conmutaciones y redenciones. Fue hasta el Siglo XI que se dio a esta práctica el nombre de Indulgencias, otorgadas primero para los fieles vivos. A partir del siglo XV, se comenzaron a ganar indulgencias para los fieles difuntos que estarían en el purgatorio, expiando sus penas temporales.

En el Concilio de Trento (Siglo XVI), se decretó oficialmente todo lo relativo a las indulgencias, cuya doctrina permanece hasta nuestros días. El Papa Pablo VI, en el año 1967, ratificó formalmente esa doctrina en la Constitución Apostólica "Indulgentiarum Doctrina" y, en 1968, la Sagrada Penitenciaría Apostólica, publicó el manual de las indulgencias actuales, llamado "Enchiridion Indulgentiarum".

El 25 de enero de 1983, el Papa Juan Pablo II, promulgó el nuevo Código de Derecho Canónico, es la ley suprema de la Iglesia Católica, que establece en sus cánones del 992 a 997, la disciplina que rige hoy en día en materia de indulgencias. Estos documentos contienen la doctrina y normas para ganar indulgencias, que en su esencia no han cambiado, solo en lo que respecta a un progreso y mejor explicación, conservando en su integridad la doctrina revelada y vivida por la Tradición de la Iglesia.

GENERALES:

  • Sólo es capaz de ganar una indulgencia el fiel cristiano –bautizado-- internamente bien dispuesto y que cumpla fielmente con ciertas condiciones que la Iglesia establece.

  • Toda indulgencia se obtiene por mediación de la Iglesia, constituida por Cristo como administradora del tesoro de la Redención.

  • Las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden ser lucradas por todos los fieles para sí mismos, o pueden aplicarlas por los difuntos. En cambio, en ningún caso, se pueden aplicar por otra persona viva.

  • Es necesario estar en estado de gracia para ganar cualquier indulgencia, además de tener la intención de ganarla.

  • Puede conceder indulgencias, en primer lugar el Papa, con plena facultad para otorgar a todos los fieles la remisión parcial o total de las penas y, en segundo lugar, aquellos a quienes el mismo derecho otorga esta potestad (Cardenales, Obispos..) o, quienes el Romano Pontífice autorice.

CONDICIONES: Se considera sujeto capaz de ganar indulgencias, a la persona:

  • Que esté bautizado. Es necesario el Bautismo para participar de las gracias o beneficios de los que la Iglesia es administradora y dispensadora.

  • Que no esté excomulgado. La unión con el Cuerpo Místico de Cristo se pierde por la excomunión, sanción penal que la Iglesia aplica a ciertos fieles que cometen determinados pecados.

  • Que se encuentre en estado de gracia, por lo menos al final de las obras prescritas. Porque la remisión de la pena temporal exige antes el perdón de las culpas y, tratándose de culpas graves, es necesario primero arrepentirse, confesarse y recibir la absolución del pecado.

  • Que tenga intención de ganarlas. Es suficiente hacer la intención de una vez y para siempre de ganar todas las indulgencias que otorga la Iglesia, pero es aconsejable renovar frecuentemente esa intención. Se refiere también a la intención de que la indulgencia se aplique a favor de uno mismo o en beneficio de las almas del purgatorio.

  • Que cumpla con las obras prescritas. Señaladas por la Iglesia, estas obras deberán cumplirse dentro del tiempo determinado y en la forma establecida en la concesión. Existen excepciones: si la persona está impedida física o legítimamente para cumplir la obra prescrita, un sacerdote puede conmutar dicha obra por alguna otra.

REQUISITOS PARA GANAR INDULGENCIAS PLENARIAS:

  • Excluir todo afecto al pecado, incluso venial. No basta el estado de gracia y tener el corazón contrito. Se requiere también la detestación interior de todo pecado y el firme propósito de esforzarse por no cometerlos de nuevo.

  • Cumplir las tres condiciones: Confesión, Comunión y Oración por las Intenciones del Papa.

  • La Confesión ha de ser Sacramental y personal. Con una sola confesión se pueden ganar varias indulgencias plenarias en días sucesivos; la confesión puede hacerse unos días antes o después de realizar la obra prescrita.

  • La Comunión ha de ser también Sacramental. Con cada Comunión Eucarística se puede ganar únicamente una indulgencia plenaria.

  • La oración por las intenciones del Papa ha de hacerse por cada indulgencia que se pretenda recibir; este requisito se cumple plenamente recitando un Padrenuestro y una Avemaría, o cualquier otra oración, ofrecidos por las intenciones del Papa.

  • La indulgencia plenaria se puede ganar todos los días, pero solamente una vez al día, con excepción del caso "in articulo mortis", es decir cuando un fiel está en peligro de muerte, puede ganar la indulgencia plenaria, aunque ese mismo día haya ganado ya otra.

  • Todos los fieles que estén en peligro de muerte podrán ganar indulgencia plenaria si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Tener intención de ganar la indulgencia.

  • Excluir todo afecto al pecado, incluso venial.

  • Que durante su vida hayan rezado habitualmente alguna oración.

OBRAS PRESCRITAS PARA LA CONCESIÓN DE INDULGENCIAS PLENARIAS SON:

Todos los días:

  • Adoración del Santísimo Sacramento durante media hora por lo menos.

  • Lectura de la Sagrada Escritura a modo de lectura espiritual durante por lo menos media hora.

  • Ejercicio del Vía Crucis, ante las estaciones legítimamente erigidas, representadas por cuadros e imágenes.

  • Rezo del Santo Rosario: al menos cinco decenas sin interrupción, meditando los misterios correspondientes; en comunidad o en familia.

En días y ocasiones determinados:

  • Recepción devota, aun por radio o televisión, de la Bendición Urbi et Orbi, impartida por el Papa o por el Obispo.

  • Participación devota en la Adoración de la Cruz, durante la solemne acción litúrgica del Viernes Santo.

  • Asistencia a Ejercicios Espirituales al menos durante 3 días completos.

  • Visita a alguna de las cuatro Basílicas patriarcales en Roma, recitando un Padrenuestro y un Credo.

  • Primera recepción de la Comunión, o asistencia a la Primera Comunión de otros.

  • Celebración de la Primera Misa pública. Indulgencia para el Celebrante y para los fieles que asisten a esa Misa.

  • En casos especiales, con disposiciones especiales, como en el próximo Jubileo del Año 2000.

INDULGENCIAS PARCIALES

Para ganar indulgencias parciales, se requiere:

  • Tener un corazón contrito y llevar a cabo la obra prescrita.

  • La indulgencia parcial se puede ganar muchas veces en el mismo día, salvo indicación de lo contrario.

Algunas obras prescritas para la concesión de indulgencias parciales son:

  • Cumplir las tareas diarias y soportar las dificultades de la vida, levantando el corazón a Dios con humildad y confianza y añadiendo, aunque sea mentalmente, alguna invocación piadosa, como una jaculatoria.

  • Trabajar y/o entregar algún bien, con espíritu de fe y con ánimo misericordioso, para servir a los hermanos que están en necesidad.

  • Con espíritu de penitencia, abtenerse espontáneamente de alguna cosa lícita que le agrade.

  • Visitar al Santísimo Sacramento.

  • Enseñar o aprender la Doctrina Cristiana.

  • Usar con devoción algún objeto piadoso debidamente bendecido (Crucifijo, rosario, medalla..)

  • Participar en un retiro mensual.

Hacer oración mental.

CONCLUSIÓN: Conceder y ganar indulgencias, es una práctica que la Iglesia realiza por la autoridad que recibió de Jesús: "todo lo que aten en la tierra, el cielo lo considerará atado, y todo lo que desaten en la tierra, será tenido en el cielo como desatado" (Mt 18, 18).

La finalidad de las indulgencias es liberar al hombre del purgatorio, donde paga la pena temporal debida por el pecado y permitirle, al morir, su pronto encuentro con el Padre. Pero esto se logra a través de la reconciliación y un auténtico cambio de vida –conversión- hacia Jesús y los valores del Reino.

Cuando el cristiano trabaja para ganar indulgencias para sí, lo que logrará principalmente es vivir de acuerdo con el Evangelio, y extender ese anuncio a su alrededor. Rezar por obtener la indulgencia significa entrar en la comunión espiritual con todo el Cuerpo de Cristo y, por tanto, abrirse totalmente a los demás. Nadie vive para sí mismo, la preocupación por la salvación de la propia alma se libera del temor y del egoísmo sólo cuando se preocupa también por la salvación del otro. Meditemos y consideremos el gran valor del uso de las indulgencias para la vida cristiana.

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