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martes, 2 de agosto de 2011

El Hombre como persona


"Lo que constituye al hombre es principalmente el alma, forma sustancial de su naturaleza. De ella dimana en último lugar toda la vida humana; en ella radican todos los dinamismos psíquicos con su propia estructura y su ley orgánica; a ella es a quien la naturaleza encarga el gobierno de todas las energías, hasta tanto que éstas no hayan adquirido aún su última determinación".

Para poder hablar de los principios del estado, se (tiene que) debe empezar por su elemento más esencial, el elemento que es anterior al estado: la población; más concretamente la persona humana. El hombre, como bien lo dijo Aristóteles, es un ser social por naturaleza; es decir, necesita vivir en sociedad para así poder satisfacer sus necesidades. "El hombre es, en efecto, por su íntima naturaleza, un ser social, y no puede vivir ni desplegar sus cualidades sin relacionarse con los demás. El hombre, única criatura terrestre a la que Dios ha amado por sí misma, no puede encontrar su propia plenitud si no es en la entrega sincera de sí mismo a los demás. Pero, ¿qué es el hombre? Muchas son las opiniones que el hombre se ha dado o se da sobre sí mismo, diversas e incluso contradictorias. Exaltándose a sí mismo como regla absoluta o hundiéndose hasta la desesperación" No se puede hablar de un estado ni de su personalidad, si antes no se conoce a fondo cuál es su origen o quiénes lo componen. La persona humana es, en realidad, un ente de estructura compleja en donde se tiene que analizar con detenimiento cada uno de sus elementos para poder comprender la trascendencia de su existencia y de su fin. Los elementos de la persona humana, son los que le dan vida y forma al estado; de cada una de las propiedades del hombre emanan las garantías individuales que el estado debe de (procurar) aceptar y proteger. No se puede hablar de un verdadero estado si no hay justicia en donde se tengan protegidas, por el ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la dignidad de la persona. El estado, pues, debe de estar formado conforme a estos principios elementales que son inherentes a la persona y por lo tanto necesitan estar regulados y protegidos por el mismo, adquiriendo, de esta manera, su personalidad como tal.

"Establecidos sobre esta misma base, la persona, el estado, el poder público, con sus respectivos derechos, están tan íntimamente unidos y vinculados entre sí, que o se conservan o se arruinan al mismo tiempo".

DEFINICIÓN DE PERSONA HUMANA

"Rationalis naturae individua substancia"

La más célebre definición de la persona es la formulada por Boecio: "Sustancia individual de naturaleza racional". Todos los conceptos integrados en esta fórmula son de origen aristotélico. Por sustancia individual se entiende aquí lo que Aristóteles llama la sustancia primera: una realidad indivisa en sí misma y separada, en cambio, de las demás realidades. Pero, por ser sustancia, su individualidad es, digámoslo así, más radical que la del accidente, dado que éste no se individua por sí mismo, sino por la sustancia. Ahora bien, la persona está clausurada, cerrada en su propio ser, no en virtud de su naturaleza racional, sino por ser un individuo subsistente.

a) Tiene cuerpo y alma.

"En la unidad de cuerpo y alma, el hombre, por su misma condición corporal, es una síntesis del universo material, el cual alcanza por medio del hombre su más alta cima y alza la voz para la libre alabanza del Creador. No debe, por tanto, despreciar la vida corporal, sino que, por el contrario, debe. tener por bueno y honrar a su propio cuerpo, como criatura de Dios que ha de resucitar el último día".

La constitución del hombre se divide en dos: en un cuerpo físico sujeto a las leyes biológicas de todos los seres vivos (nacimiento, nutrición, crecimiento, reproducción y muerte). Y un alma, principio de movimiento de todo ser vivo, qué es diferente al de los demás seres vivos ya que está dotado de inteligencia y voluntad. La inteligencia, es la potencia espiritual del hombre de conocer la verdad, y la voluntad, la potencia espiritual del hombre de buscar o tender al bien.

"En virtud de su dignidad, todos los hombres, porque son personas, es decir, estén dotados de razón y voluntad libre, y provistos de una responsabilidad personal, están presionados, por su naturaleza misma, y obligados, por obligación moral, a buscar la verdad. Están obligados también a adherirse a la verdad tan pronto como la conocen y a reglamentar toda su vida según las exigencias de esta verdad".

b) Es individual.

Fernando Bastos en su enciclopedia de la Doctrina Social de la Iglesia dice al respecto; Persona Humana: del latín persona. Es el individuo de naturaleza racional, portador de potencialidades que se desarrollan a través de la vida, en el seno de la familia y de la comunidad. Como individuo, la persona humana presenta dos características fundamentales:

l) Es distinta de todos los otros miembros de la especie humana, es decir, aunque participe de la misma naturaleza, constituye una totalidad en sí.

2) Es una unidad, que no puede dividirse sin perecer. Se compone de alma y cuerpo, espíritu y materia, que en ella forman una unidad sustancial, cuya ruptura es la muerte.

c) Es social.

El hombre es un ser consciente, racional y libre, y, por eso mismo, es también un ser social, que sólo en la compañía de sus semejantes encuentra las condiciones necesarias para el desarrollo de su conciencia, racionalidad y libertad, características que lo distinguen de los otros animales. Y precisamente por ser consciente, racional y libre, el hombre posee derechos inalienables y deberes morales, mientras el animal sólo tiene instintos y hábitos. De ese conjunto de condiciones que caracterizan a la persona humana: ser consciente, racional y libre, y por lo tanto social, sujeto de derechos y deberes, resulta la misma dignidad absoluta y la misma igualdad esencial para todos los hombres, independientemente de su color, situación socioeconómica, religión o cultura. Es una dignidad absoluta porque no depende de ninguna cualificación, sino basándose en el mero hecho de tratarse de una persona humana, dignidad que le confiere un valor inestimable y la coloca como razón de ser de todas las instituciones sociales, políticas y económicas. Y esa dignidad debe ser respetada, ya sea persona rica, ya sea pobre y sin cultura o bien culta, de esta o de aquella raza, de aquel pueblo o de aquel credo religioso. Aun en el caso en que el hombre se envilezca por el vicio, transformándose en alcohólico, corrupto y criminal, no pierde su dignidad esencial, y a él se debe respeto, lo cual es privilegio de todas las criaturas humanas. El hombre está compuesto y unido por un cuerpo y un alma (que se compone de inteligencia y de voluntad), en donde existe una individualidad que hace diferente a cada ser humano. De la inteligencia y la voluntad se desprenden características esenciales del hombre como la dignidad, la Igualdad y la Libertad.

NATURALEZA DE LA PERSONA HUMANA

1. LEY NATURAL.

"En la profundidad de su conciencia descubre el hombre una ley que no se da él a sí mismo, sino a la que debe obedecer y cuya voz suena con claridad a los oídos del corazón cuando conviene, invitándole siempre con voz apagada a amar y obrar el bien y evitar el mal: haz esto, evita lo otro. El hombre lleva en su corazón la ley escrita por Dios, a la que su propia dignidad le obliga a obedecer y según la cual será juzgado"

El principio supremo de la ley natural humana se expresa muy brevemente: "haz el bien y evita el mal". Cada hombre y mujer tiene dignidad, libertad e igualdad ante los demás seres de su misma especie ya que cada uno de ellos son seres racionales pero diferentes unos de otros; es decir, son seres individuales que están inclinados hacia el bien. Se necesita que éste viva en sociedad; esta característica, se encuentra inscrito en el orden de la ley divina que se refleja en la ley natural.. Santo Tomás de Aquino explica claramente cuales son las inclinaciones naturales del hombre: "todas las cosas hacia las cuales el hombre se inclina por su naturaleza, la razón las percibirá naturalmente buenas y, por consiguiente, como metas de acción, y las que le son contrarias, como malas y que se deben evitar. Por lo tanto, según la jerarquía de las inclinaciones naturales se estableceré la jerarquía de los preceptos como de la ley natural. En efecto:

l) Hay, en primer lugar, inscrita en el hombre una inclinación al bien, según lo que éste tiene en común con todas las otras sustancias, en el sentido en que toda sustancia aspira a la conservación de su ser según su naturaleza. En virtud de esta inclinación, depende de la ley natural todo lo que interese para la conservación de la vida humana e impida lo que le es contrario.

2) Esté inscrita en el hombre, en segundo lugar, una inclinación a ciertos bienes más específicos, según lo que tiene en común con los otros animales. En virtud de lo cual se dirá que le toca a la ley natural "lo que la naturaleza enseñó a todos los animales". Es decir, la unión de los sexos, la educación de los hijos y otras cosas similares.

3) En tercer lugar, hay inscrita en el hombre una inclinación conforme a la naturaleza de la razón, la cual le es propia: así el hombre tendrá una inclinación natural a conocer la verdad sobre Dios y a vivir en sociedad". En virtud de esto, le toca a la ley natural lo que se relaciona con una inclinación de este orden, por ejemplo: que el hombre evite la ignorancia, que no ofenda a aquéllos que viven en la misma sociedad que él y las otras prescripciones que esto implica.

Como ya lo explica Santo Tomás, el hombre está inclinado hacia el bien y a vivir en sociedad. Es parte de su naturaleza estar rodeado de otros seres de su misma especie para su propia autorrealización que la conseguirá por medio de la sociedad.

2. NATURALEZA SOCIAL DEL HOMBRE:

"El hombre es naturalmente un animal político y social. Esto resulta evidente por el hecho de que un hombre no se basta él solo para vivir (...). Pero el orden de la providencia no le quita a ninguna cosa lo que le es natural, sino más bien lo provee de todo de acuerdo con el orden de su naturaleza (...). Luego el orden de la providencia no ha querido que se suprima la vida social del hombre".

a) El Hombre es un ser social por naturaleza.

Pero el hombre, por ser racional e individual, no es autosuficiente; necesita de la ayuda y cuidado de los demás seres de su especie. No puede vivir aislado, tiene que vivir en sociedad para así poder satisfacer sus necesidades tanto físicas como espirituales: "debe saberse que, puesto que el hombre es un animal social por naturaleza - como todo el que para subsistir necesita de muchas cosas que por sí mismo no puede procurarse -, es lógico que el hombre sea naturalmente parte de una comunidad, que le proporcione lo que le ayude a vivir bien". "En efecto, el principal recurso del hombre es, junto con la tierra, el hombre mismo. Es su inteligencia la que descubre las potencialidades productivas de la tierra y de las múltiples modalidades con que se pueden satisfacer las necesidades humanas. Es su trabajo disciplinado, en solidaria colaboración, el que permite la creación de comunidades de trabajo cada vez más amplias y seguras para llevar a cabo la transformación del ambiente natural y la del mismo ambiente humano".

"Los hombres, las familias y los diversos grupos que constituyen la comunidad civil son conscientes de su propia insuficiencia para lograr una vida plenamente humana y perciben la necesidad de una comunidad más amplia, en la cual todos conjuguen a diario sus energías en orden a una mejor procuración del bien común. Por ello forman comunidades políticas.".

b) La búsqueda del bien. La felicidad.

El hombre al ser un animal social y racional por naturaleza, busca con los demás hombres satisfacer sus necesidades. Pero no basta con que los hombres se agrupen en comunidades o sociedades para poder satisfacer sus necesidades, el hombre no se queda tan sólo en la búsqueda del bien material; por ser racional tiene una inclinación hacia el bien espiritual que además busca su perfeccionamiento con la búsqueda de su desarrollo personal e integral para así poder llegar a su anhelo aquí en la tierra: la felicidad.

"hay en el hombre una inclinación al bien correspondiente a su naturaleza racional, inclinación que es específicamente suya; y así el hombre tiene tendencia natural a conocer las verdades divinas y a vivir en sociedad. Desde este punto de vista, pertenece a la ley natural todo lo que se refiere a esa inclinación, desterrar la ignorancia, evitar las ofensas con quienes se debe conversar".

c) El fin último del hombre. Dios.

Más aún, la búsqueda del hombre en sociedad no termina con satisfacer sus necesidades ni con la felicidad en la tierra; debe ir más allá de lo que este universo le puede dar, debe de buscar su perfeccionamiento y desarrollo con el creador:

"Como el hombre virtuoso está destinado a otro fin, que consiste en la visión de Dios (...) es necesario que la sociedad tenga el mismo fin que el hombre. No es el último fin del hombre constituido en sociedad el vivir según la virtud; es alcanzar por medio de la virtud goces de la bienaventuranza eterna. Si a ese fin pudiera llegarse sin otro auxilio que el de las fuerzas naturales, a los reyes pertenecería dirigirlos a ese fin."

"El hombre tiene un alma espiritual e inmortal; es una persona, dotada admirablemente por el Creador con dones de cuerpo y espíritu; es en realidad, como decían los antiguos, un <> que supera extraordinariamente en valor a todo el inmenso mundo inanimado. Dios es el último fin exclusivo del hombre en la vida presente y en la vida eterna".

Buscando el último fin, que es llegar a Dios, es como se desarrolla y autorrealiza el hombre.

PROPIEDADES DE LA PERSONA

1. DIGNIDAD

"Creando al hombre <>, Dios da la dignidad personal de igual modo al hombre y a la mujer, enriqueciéndolos con los derechos inalienables y con las responsabilidades que son propias de la persona humana".

Pasando ya al estudio concreto de esos derechos inherentes a la persona humana, primero se encuentra la dignidad:

a) Definición.

Deriva del latín dignitas, del adjetivo dignus, cuya forma arcaica dec nos revela su origen del verbo decet: decente. Es la actitud de respeto a sí mismo y a los otros, por el reconocimiento que toda criatura humana posee características que la elevan por encima de los otros seres. El respeto a esa dignidad es la garantía suprema del orden social..

En pocas palabras es el respeto que se tiene en sí mismo y en los demás. Es una estima que se tiene la persona por tener inteligencia y voluntad y que además tiene esa misma estima o respeto para con los demás seres de su misma especie.

b) Naturaleza.

"La razón más alta de la dignidad humana consiste en la vocación del hombre a la unión con Dios. [...] el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón, en cuya obediencia consiste la dignidad humana y por la cual será juzgado personalmente. El hombre logra esta dignidad humana cuando, liberado totalmente de la cautividad de las pasiones, tiende a su fin con la libre elección del bien y se procura medios adecuados para ello con eficacia y esfuerzo crecientes".

La naturaleza de la dignidad humana consiste en conseguir el fin último del hombre; en buscar los medios más eficaces y adecuados para lograr el bien de la persona misma y el bien de las demás personas.

c) La dignidad en la vida social.

"El género humano debe establecer un orden político, económico y social que esté más al servicio del hombre y permita a cada uno y a cada grupo afirmar y cultivar su propia dignidad La dignidad humana requiere, que el hombre actúe según la conciencia y libre elección; los hombres, mucho más conscientes de su propia dignidad y deber, desean participar cada vez más activamente en la vida social y sobre todo en la económica y política. " .

Para poder desarrollar la dignidad de la persona humana, se necesita de un estado que esté al servicio del hombre y permita a éste una libre elección, hecha a conciencia, en la participación de la vida política del estado. Que el hombre, porque tiene dignidad, pueda escoger a sus gobernantes, pueda tener libertad en el trabajo, en la religión, en la participación económica social, en pocas palabras: que tenga libertad, con responsabilidad individual y social, en su vida.

"el hombre recibe de Dios su dignidad esencial y con ella la capacidad de trascender todo ordenamiento de la sociedad hacia la verdad y el bien. Sin embargo, está condicionado por la estructura social en que vive, por la educación recibida y por el ambiente. Estos elementos pueden facilitar u obstaculizar su vivir según la verdad".

"no hay más Ley justa que la que detalla las exigencias que se desprenden de la igual dignidad de los hombres, y del fundamento de esta dignidad".

d) Medios para el desarrollo de la dignidad humana

"[...] no puede llegarse a este sentido de la responsabilidad [individual y social] si no se facilitan al hombre condiciones de vida que le permitan tener conciencia de su propia dignidad. Las instituciones humanas, privadas o públicas, esfuércense por ponerse al servicio de la dignidad y del fin del hombre. También en la vida económicosocial deben respetarse y promoverse la dignidad de la persona humana, su entera vocación y el bien de toda la sociedad".

El estado tiene el deber de facilitar al hombre las condiciones de vida necesarias creando instituciones públicas y privadas que protejan la dignidad del hombre y le permitan que pueda desarrollar todas sus potencias para que, a su vez, el estado se desarrolle también. Es decir, se debe de proteger al hombre garantizándole el desarrollo pleno de sus facultades dándole los medios necesarios y suficientes en su vida; tales medios son la protección a los derechos humanos. Por lo tanto, un estado que quiera aspirar a la justicia y al bien común, debe de respetar y desarrollar, por medio de múltiples instituciones (escuelas, hospitales, centros culturales etc.), la dignidad humana otorgándole garantías para su crecimiento y respetando, a su vez, la libertad que tiene el hombre para participar en la vida política y económica del país.

2. LIBERTAD

"De hecho el hombre se realiza a sí mismo en la libertad. Y a esta realización, cada vez más plena, debe tender, sin detenerse únicamente en exaltaciones verbales o retóricas, como ocurre demasiado a menudo, sin dar la vuelta al mismo sentido de la libertad y sin "cultivar de mala manera, como si todo fuera lícito a condición de que guste, incluido el mal" al contrario debe ver y alcanzar estrechamente, conceptualmente y de hecho, la libertad como consecuencia de la "dignidad" proveniente del hecho de ser él mismo signo altísimo de la imagen de Dios".

De la dignidad del hombre se desprenden dos grandes derechos o bienes inherentes a la persona humana; tales son la libertad y la igualdad.

a) Definición.

Del latín libertas, de liber: libre. La libertad es la capacidad del ser racional y consciente de autodeterminarse, ante la multiplicidad de alternativas de opción que se le ofrecen, en cada situación concreta. En este sentido, es un dato inmediato de la conciencia y se identifica con el libre albedrío: todos experimentamos que podemos ser un principio absoluto de acción, actuando o dejando de actuar, actuando de esta o de aquella manera. Es una facultad exclusiva del ser racional, capaz de interiorizar el mundo bajo una gran variedad de aspectos.

La libertad es la parte de la voluntad (elemento constitutivo de las personas humanas) de poder elegir entre uno o más bienes. Es la elección del bien que perfecciona, eso es una verdadera libertad: con responsabilidad.

b) Naturaleza.

"Esta es la dignidad que exige que el hombre actúe según opciones conscientes y libres, esto es, movido e inducido por convicciones personales y no por un ciego impulso interno o por mera coacción externa."

La libertad del hombre proviene de la ley natural que es el reflejo de la ley divina. El hombre es libre por naturaleza y libremente tiene la facultad de decidir la elección que más le convenga para su perfeccionamiento.

"La verdadera libertad es signo eminente de la imagen divina en el hombre. Dios ha querido dejar al hombre en manos de su propia decisión, para que así busque espontáneamente a su Creador y, adhiriéndose libremente a éste, alcance la plena bienaventurada perfección. La orientación del hombre hacia el bien sólo se logra con el uso de la libertad, la cual posee un valor que nuestros contemporáneos ensalzan con entusiasmo. Y con toda razón. Con frecuencia, sin embargo, la fomentan de forma depravada, como si fuese pura licencia para hacer cualquier cosa, con tal que deleite, aunque sea mala".

c) Libertad en la Vida Social.

Aplicada al plano social y político, libertad significa un estado de ausencia de coacción proveniente del grupo, principalmente del poder público. Es libre, en este sentido, el individuo, que puede hacer todo lo que no está prohibido por la ley. En esta acepción, al término se opone tanto a opresión como a libertinaje, porque éste impide a los demás el uso legítimo de esos mismos derechos. El único sentido auténtico de la libertad política dentro de un régimen democrático es el uso responsable de los derechos y el ejercicio consciente de los deberes. En este orden de ideas, importa tener presente la distinción entre libertad teórica y real. La primera es el mero permiso legal para actuar, la segunda exige la creación de estructuras sociales que den realmente a todos la posibilidad de obrar, en el sentido de hacer uso de los derechos del hombre y del ciudadano. No corresponde al estado solamente el deber de otorgar a todos la libertad de enseñanza; debe, además de eso, crear un sistema escolar que pueda atender a todos los que desean ejercer este derecho.

d) Libertad y Justicia.

La libertad, junto con la justicia constituyen los objetivos más altos de la doctrina social de la iglesia: atender a las exigencias de la justicia mediante el uso responsable de la libertad,

3. IGUALDAD

"Pero ningún grupo humano se puede engreír de poseer sobre otros una superioridad de naturaleza, ni de ejercer ninguna discriminación que afecte a los derechos fundamentales de la persona"

La Igualdad es otra característica de la persona que proviene de la dignidad humana. Todos los hombres y mujeres del mundo son, por el simple hecho de ser personas, iguales.

"En su dignidad personal de hijos de Dios el hombre y la mujer son absolutamente iguales, como también con respecto al fin último de la vida humana, que es la unión eterna con Dios en la felicidad del cielo. Es gloria imperecedera de la Iglesia el haber restituido a su lugar y a su debido honor esta verdad y el haber librado a la mujer de una degradante servidumbre contraria a la naturaleza. Pero el hombre y la mujer no pueden mantener y perfeccionar esta su igual dignidad si no es respetando y poniendo en práctica las cualidades particulares que la naturaleza a concedido al uno y a la otra, cualidades físicas y espirituales indestructibles, cuyo orden no es posible desbaratar, sin que la misma naturaleza venga siempre a restablecerlo de nuevo".

  1. Del latín aequalitas, del radical aequus: igual, que, como sustantivo, denota, en la forma aequor, aequoris, el mar, la llanura. Es una de las más profundas y auténticas aspiraciones democráticas, pero como tantas otras es también una de las más explotadas por una demagogia irresponsable. El fundamento filosófico de la igualdad democrática es la identidad esencial de todos los hombres, todos ellos tienen la misma dignidad esencial, como seres racionales y libres.

    "La igualdad fundamental entre todos los hombres exige un reconocimiento cada vez mayor. Porque todos los hombres, dotados de alma racional creados a imagen de Dios, tienen la misma naturaleza y el mismo origen. Y porque redimidos por Cristo, disfrutan de la misma vocación de idéntico destino".

  2. Definición.
  3. Naturaleza.

Al igual que la libertad y la dignidad, la Igualdad proviene de la ley natural. No importa la cultura, raza, país de origen, religión ni ninguna otra característica cualitativa que tenga el hombre. Todos los seres humanos son iguales ante la ley por el simple hecho de ser personas y el estado tiene la obligación de proteger y hacer valer esto. "[...] aunque existen diversidades justas entre los hombres, sin embargo, la igual dignidad de la persona exige que se llegue a una situación social más humana y más justa"

c)Igualdad e Identidad.

Es evidente que no todos los hombres son iguales en lo que toca a la capacidad física y a las cualidades intelectuales y morales. Pero todos por ser personas tenemos los mismos derechos y por lo tanto valemos lo mismo.

"Igualdad no significa en absoluto identidad: significa que todos somos diferentes, pero que todos tenemos derecho al mismo respeto".

Cabe destacar, que el estado, respetando esa individualidad de cada quien, concede más derechos a unos que a otros; más obligaciones a unos que a otros, pero todo en razón de una proporcionalidad existente en todos los miembros de la sociedad. Es decir, una anciano tendrá mas derechos que un joven, la mujer tendrá algunos derechos distintos que el hombre, el rico tiene la obligación de pagar más impuestos que el pobre etc. Pero esta distinta proporcionalidad, no le quita la propiedad de igualdad que tienen los seres humanos.

d) Conclusión.

De lo anterior se puede concluir que todas las personas somos, ontológicamente, iguales (todos estamos constituidos por un cuerpo y un alma) pero debido a las distintas habilidades o capacidades de cada persona cada quien aportará y recibirá del estado, de manera justa, lo que su condición personal le permita o necesite.

NECESIDADES DE LA PERSONA

Este tema va directamente relacionado con el bien común; las necesidades del hombre se dividen en necesidades materiales (casa, alimento, vivienda, educación etc.) y espirituales o inmateriales, ambas son objeto de estudio del bien común, por lo tanto, sólo señalo a la justicia que es una virtud relacionada con la libertad y a la felicidad que es una consecuencia de satisfacer esas necesidades y es un fin propio del hombre.


  1. JUSTICIA

"Por todas partes se aspira a una justicia, se desea una paz mejor asegurada en un ambiente de respeto mutuo entre los hombres y entre los pueblos".

La libertad y la justicia van de la mano; se complementa una con la otra. Si la justicia es la virtud de darle a cada quien lo que le corresponde por derecho; entonces, es necesario que se ejercite la libertad con justicia. Es decir, el hombre al elegir entre varios bienes, tiene que tenerlos disponibles. El estado tiene que otorgarle a cada persona lo que por derecho le corresponde a cada una de ellas.

a) Definición.

Del latín justicia. Es el deber moral de dar a cada uno lo que le es debido. Es la base insustituible de toda relación no sólo de las personas, entre sí, sino también entre las personas y el estado, y de los estados entre sí. "En su más amplia acepción, la voz latina iustitia es un término abstracto que significa una igualdad o adecuación objetivamente exigible. […] Por el contrario, la palabra injusticia va asociada a la idea de una cierta desigualdad o falta de adecuación. […] De una manera vulgar, pero esencialmente correcta, suele definirse la justicia como la virtud de darle a cada uno lo que le pertenece. Esta definición es una abreviatura de la fórmula perpetua et constants voluntas ius suum unicuique tribuendi (Ulpiano).".

La doctrina social de la iglesia explica que no basta sólo con que las personas den a cada quien lo que le corresponde sino también al estados y a los estados entre sí. El estado es el primero en impartir la justicia a todos sus miembros ya que son personas y éstas, a su vez, tienen que practicar esta virtud. Fernando Bastos agrega:

"Sin justicia, la vida social se convierte en una inmensa hipocresía y un latrocinio organizado. Una de las mayores responsabilidades de la educación es la de inculcar, mediante la palabra y el ejemplo, el sentido de la justicia, que se traduce en una conciencia clara de los propios derechos y deberes, y en el respeto a los derechos de los otros"

b) Clasificación.

La justicia tiene varias categorías, según los sujetos de las relaciones que la especifican:

l) la justicia legal: que tiene como sujeto a todos los ciudadanos con relación al estado, y los obliga a prestar a la comunidad todo lo que le es debido para realizar el bien común. Se llama legal, porque sus exigencias son normalmente fijadas en leyes. Es en virtud de ella como tenemos el deber moral, por ejemplo, de pagar los impuestos. Debido a ella, todo acto u omisión contra el bien común no es sólo una falta de civismo, sino que es también una culpa moral;

2) la justicia distributiva: es incumbencia de todos los que están investidos de una autoridad, y los obliga a distribuir las cargas y las ventajas de la vida social. La falta moral contra esta justicia es el favoritismo que se guía por preferencias personales e interesadas;

3) la justicia conmutativa: que reglamenta las relaciones de las personas entre sí, obliga a cada uno a dar a los otros lo que es debido, ya sea un bien material, como el salario justo, ya sea un bien inmaterial, como la fama y la reputación. La falta contra esta justicia constituye un robo, y, por esto, implica el deber moral de la restitución.

4) la justicia social: Además de esas tres categorías, existe una cuarta que incumbe a las comunidades solidariamente consideradas: es la justicia social. Por ella, somos todos responsables, cada uno en el ámbito de sus posibilidades, de la realización de estructuras sociales que permitan a todos los miembros de una comunidad alcanzar niveles de vida compatibles con su dignidad.

c) Injusticia.

"Para satisfacer las exigencias de la justicia y de la equidad, hay que hacer todos los esfuerzos posibles para que, dentro del respeto a los derechos de las personas y a las características de cada pueblo, desaparezcan lo más rápidamente posible las enormes diferencias económicas que existen hoy y que frecuentemente aumentan, vinculadas a discriminaciones individuales y sociales. La justicia y la equidad exigen también que la movilidad, la cual es necesaria en una economía progresiva, se ordene de manera que se eviten la inseguridad y la estrechez de vida del individuo y de su familia" .

Resulta escandaloso el hecho de las excesivas desigualdades económicas y sociales que se dan entre los miembros o los pueblos de una misma familia humana. Son contrarios a la justicia social, a la equidad, a la dignidad de la persona humana y a la paz social e internacional. El hombre no puede tener una verdadera libertad si el estado no le proporciona con justicia lo que realmente merece. El estado y las personas serán más buenas en cuanto más justas sean y, en cambio, serán más injustas en cuanta más injusticias hagan.

"[…] Concluye que, como el peor de los hombres es aquél que usa la maldad no sólo hacia sí mismo sino también hacia los amigos, así decimos que el mejor es aquel que usa o practica las virtudes no sólo hacia sí sino también en relación a los demás".

d) Justicia Social.

"A cada cual, por consiguiente, debe dársele lo suyo en la distribución de los bienes, siendo necesario que la partición de los bienes creados se revoque y se ajuste a las normas del bien común o de la justicia social, pues cualquier persona sensata ve con que gravísimo trastorno acarrea consigo esta enorme diferencia actual entre unos pocos cargados de fabulosas riquezas y la incontable multitud de los necesitados".

El estado debe, por lo tanto, buscar una equidad en la repartición de bienes y los hombres deben de buscar ser justos en su vida social. Y así progresará el país. "El cumplimiento, por tanto, de los deberes propios de la justicia social tendrá por efecto una intensa actividad que, nacida en el seno de la vida económica, madurará en la tranquilidad del orden y demostrará la entera salud del Estado, de la misma manera que la salud del cuerpo humano se reconoce externamente en la actividad inalterada y, al mismo tiempo, plena y fructuosa de todo organismo".

2. FELICIDAD

"La felicidad es un bien común al que todos los hombres pueden llegar, a menos que se van impedidos por un obstáculo".

Este término, en un principio, puede parecer algo "Romántico", que no es de gran trascendencia en la política; pero esto es totalmente falso. Este concepto es tan importante, que para algunos países ha sido considerado como un derecho inalienable del hombre (Como la Constitución Norteamericana).

a) Definición.

Del latín felicitas, en un primer sentido, el término connota la idea de suerte favorable; en esta acepción, ella sería el resultado de factores puramente aleatorios. En un sentido más amplio, el término connota la idea de plena satisfacción, e implica, negativamente, la ausencia de sufrimientos físicos o morales, y, positivamente, una sensación de alegría, de paz y de plenitud interior. La felicidad en su sentido más preciso: ausencia de todo mal; fruición de todo bien de que es capaz la naturaleza humana y certeza absoluta de la permanencia definitiva del estado. "Es esta plenitud de felicidad lo que todo hombre desea oscuramente a través de sus esfuerzos y trabajos. Ella es el polo oculto que magnetiza el dinamismo humano".

La palabra felicidad tiene varias acepciones, se puede ver como un estado de la persona en donde ha satisfecho todas sus necesidades y no tiene ningún mal que le aqueje o como un simple placer. La verdadera felicidad radica en alcanzar el bien que, en el caso del estado, es el Bien común.

b) En donde se encuentra la verdadera felicidad.

La felicidad es aquello que todos buscan, aunque adopten caminos diferentes para alcanzarla. Unos imaginan que la encuentran en las riquezas, porque suponen que con el dinero todo se compra y que la felicidad es una mercancía como cualquier otra. La verdad es que, sin embargo, hay muchos ricos que se mueren de tedio, y que las más altas tasas de suicidios se registran en los países y en las categorías más ricas. Otros se imaginan que encuentran la felicidad en el disfrute de los placeres; desde los placeres más altos del espíritu, el placer del descubrimiento y de la creación intelectual, el placer estético, hasta los placeres que más de cerca limitan con la animalidad: la sexualidad y la glotonería. Otros, en fin, esperan alcanzarla en la fruición de la honra, del prestigio que acompaña, por lo general, en el ejercicio del poder. Si la felicidad no se encuentra en la riqueza, ni en el placer, ni en el poder, ni en la honra, ¿En donde se encuentra?; no es posible que el único ser del cosmos, en el cual fulgura la idea de una plenitud de felicidad, sea irremediablemente condenado a jamás alcanzarla. La verdadera felicidad está en ser mejor persona, en buscar en la muerte el inicio de la verdadera vida, en la infinidad con Dios. Pero, aquí en la tierra, la felicidad se encontrará con la entrega del ser humano con los demás, en servir y practicar las virtudes buscando el perfeccionamiento individual y social. Es, por consiguiente, necesario que el estado ayude a la persona a encontrar la felicidad dándole los medios necesarios (como educación, cultura, descanso etc.) para que pueda alcanzarla.

EL ESTADO Y LA PERSONA

1.PERSONA HUMANA Y SU RELACIÓN CON EL ESTADO

"No puede haber verdadera democracia, si no se reconoce la dignidad de cada persona y no se respetan sus derechos".

La persona es una sustancia individual de naturaleza racional (está constituido por cuerpo y alma) en donde cada individuo es diferente de los demás y cada uno tiene derechos fundamentales inherentes a él que provienen de sus características o propiedades principales (Dignidad, Libertad e Igualdad). Pero el hombre no puede vivir aislado, necesita de los demás para poder sobrevivir y desarrollarse como persona, es por eso que vive en sociedad y crea al estado para que éste proteja sus derechos y satisfaga todas sus necesidades (tanto materiales como espirituales) y así pueda llegar a su fin propio que es la felicidad y la búsqueda de Dios. Es decir, todo lo anteriormente expuesto se puede resumir en que:

El Estado está al servicio del hombre, debe de respetar a cada individuo que lo constituye, protegiendo sus derechos fundamentales y buscando el desarrollo íntegro de cada persona satisfaciendo todas sus necesidades para así lograr el fin último del hombre.

La importancia de la persona humana en el estado se manifiesta claramente en la situación que tengan de hecho los derechos humanos en la vida social. No tiene sentido el reconocimiento de los derechos humanos en una sociedad en la que las personas se consideran momentos transitorios y accidentales en la existencia y evolución del estado:

"Dirijo mi llamada, sobre todo, a vosotros, Jefes de Estado y Responsables de las Naciones, a quienes está confiada la tutela suprema del estado de derecho en los respectivos Países. Ciertamente, cumplir esta alta misión no es fácil, pero constituye una de vuestras tareas prioritarias. Ojalá que los ordenamientos de los Estados a los que servís puedan ser para los ciudadanos garantía de justicia y estímulo para un crecimiento constante de la conciencia civil"

2. SOCIEDAD

"Es la misma naturaleza la que exige a voces que la sociedad proporcione a los ciudadanos medios abundantes y facilidades para vivir virtuosamente, es decir, según las leyes de Dios, ya que Dios es el principio de toda virtud y de toda justicia".

"Todos los pueblos forman una comunidad, tienen un mismo origen, puesto que Dios hizo habitar a todo el género humano sobre la haz de la tierra, y tienen también el mismo fin último, que es Dios; […] Los hombres, las familias y los diversos grupos que constituyen la comunidad civil son conscientes de su propia insuficiencia para lograr una vida plenamente humana y perciben la necesidad de una comunidad más amplia, en la cual todos conjuguen a diario sus energías en orden a una mejor procuración del bien común. Por ello forman comunidad política según tipos institucionales varios."

Como el hombre es social por naturaleza, forma comunidades para satisfacer sus necesidades. La conciencia más viva de la dignidad humana ha hecho que en diversas regiones del mundo surja el propósito de establecer un orden político-jurídico que proteja mejor en la vida pública los derechos de la persona. Dichas comunidades están dotadas de un poder de mando originario que establece el orden político y jurídico: el Estado. Éste debe de procurar el desarrollo de cada una de las propiedades de la persona (ya anteriormente mencionadas) y así lograr el bien común. La comunidad política nace, para buscar el bien común, en el que encuentra su justificación plena y su sentido y del que deriva su legitimidad primigenia y propia. Cada día es mayor el número de los hombres y mujeres, de todo grupo o nación, que tienen conciencia de que son ellos los autores y promotores de la cultura de su comunidad. En todo el mundo crece más y más el sentido de la autonomía y, al mismo tiempo, de la responsabilidad, lo cual tiene enorme importancia para el desarrollo íntegro del género humano. Esto se ve más claro si fijamos la mirada en la unificación del mundo y en la tarea que se nos impone de edificar un mundo mejor en la verdad y en la ;justicia. De esta manera somos testigos de que está naciendo un nuevo humanismo, en el que el Hombre queda definido principalmente por la responsabilidad para con los demás.

Es evidente que la comunidad política y la autoridad pública se fundan en la naturaleza humana, y, por lo mismo, pertenecen al orden previsto por Dios:

"Así como un organismo viviente no se atiende suficientemente a la totalidad del organismo si no se da cada parte y a cada miembro lo que éstos necesitan para ejercer sus funciones propias, de la misma manera no se puede atender suficientemente a la constitución equilibrada del organismo social y al bien de toda la sociedad si no se da a cada parte y a cada miembro, es decir, a los hombre, dotados de la dignidad de persona, todos los medios que necesitan para cumplir su función social particular".

3. DERECHOS HUMANOS.

"La dignidad de la persona exige que el ser humano sea defendido y protegido, desde el momento de su concepción, en los derechos fundamentales.".

"En la sociedad humana, a un determinado derecho natural de cada hombre corresponde en los demás el deber de reconocerlo y respetarlo. Porque cualquier derecho fundamental del hombre deriva su fuerza moral obligatoria de la ley natural, que lo confiere e impone el correlativo deber".

a) Definición.

Todo ser humano, por el mismo hecho de ser hombre, por su inalienable dignidad de persona humana, tiene derecho natural a todo aquello que es necesario a su propia realización. Se incluyen en esta exigencia: derecho a la vida, al trabajo, a la libertad, a condiciones dignas de existencia, en fin, a todo lo demás que permita al hombre realizarse como hombre. "Puestos a desarrollar, en primer término, el tema de los derechos del hombre, observamos que éste tiene derecho a la existencia, a la integridad corporal, a los medios necesarios para un decoroso nivel de vida, cuales son, principalmente, el alimento, el vestido, la vivienda, el descanso, la asistencia médica y, finalmente, los servicios indispensables que a cada uno debe prestar el Estado. De lo cual se sigue que el hombre posee también el derecho a la seguridad personal en caso de enfermedad, invalidez, viudedad, vejez, paro y, por último, cualquier otra eventualidad que le prive, sin culpa suya, de los medios necesarios para su sustento".

b) Naturaleza.

Tales derechos nacen de la misma naturaleza del hombre y, en este sentido, son derechos naturales, es decir, no son otorgados por el Estado con base en el ordenamiento jurídico de la sociedad; estos derechos provienen de la ley natural, el Estado, al reconocerlos y regularlos en la ley lo único que hace es protegerlos, hacerlos valer. Los Derechos humanos son inviolables, universales, inalienables e indivisibles. "Al ser los hombres por naturaleza sociables, deben convivir unos con otros y procurar cada uno el bien de los demás, por esto, una convivencia humana rectamente ordenada exige que se reconozcan y se respeten mutuamente los derechos y los deberes. De aquí se sigue también que cada uno debe aportar su colaboración generosa para procurar una convivencia civil en la que se respeten los derechos y los deberes con diligencia y eficacia crecientes".

c) Garantías Individuales.

No es lo mismo Derechos Humanos que Garantías Individuales. Los Primeros son los derechos naturales, los inherentes a la persona que se desprenden de sus principales características (Igualdad, Libertad y Dignidad). Los segundos son los derechos humanos que el Estado reconoce y protege. La diferencia estriba en que los derechos humanos provienen de la ley natural y los segundos provienen de la ley humana, pero ambos se basan en la Ley Divina.

d) Obligación del Estado de protegerlos.

"No puede haber verdadera democracia, si no se reconoce la dignidad de cada persona y no se respetan sus derechos". El papa León Xlll definía como "obligación esencial del Estado tutelar el campo intangible de los derechos de la persona humana, urgiendo al mismo tiempo, el cumplimiento de sus deberes". Pablo VI en su discurso en la ONU, explícita, con mayor vigor, el fundamento de los derechos humanos: "ellos se basan no sólo en la dignidad del hombre, sino en su sacralidad, porque se trata de la vida del hombre, y la vida del hombre es sagrada; ninguno puede atreverse a ofenderla". En resumen, todos los pronunciamientos de la Doctrina Social de la Iglesia sobre los derechos humanos tanto universales, derecho a la vida, a una existencia digna, derecho de los trabajadores, de la mujer, de los minusválidos etc., se sintetizan en el binomio justicia y libertad: atender a las exigencias de la justicia en el respeto a la libertad; garantizar el uso responsable de la libertad como el medio más eficaz de promover la justicia. Y es deber y obligación del Estado proteger estos derechos si quiere el desarrollo del país.

"Una cultura de los derechos humanos supone una cultura de responsabilidad y solidaridad, porque todos deben ser conscientes de que el respeto y la promoción de los derechos básicos debe ser parte esencial de la propia vida y de todas las acciones que se entrelazan en el gran tejido social".

4. POLÍTICA

"Vosotros sois los apóstoles del desarrollo auténtico y verdadero, que no consiste en la riqueza egoísta y deseada por si misma, sino en la economía al servicio del hombre, en el pan de cada día distribuido a todos, como fuente de fraternidad y signo de la providencia".

"La política procede del hombre, se ejerce mediante el hombre y es para el hombre (Juan Pablo II, Discurso en la ONU, 2-10-1979 )".

a) Definición.

Del griego polis: ciudad Estado. El término se usa en un sentido preciso y en un sentido amplio. En el sentido amplio, el término connota la idea de un conjunto articulado de medidos tendientes a la realización de un determinado objetivo. En el sentido preciso, es la ciencia y el arte de gobernar la "polis", la ciudad-Estado: ciencia de los fenómenos referentes al Estado; arte de organizar bien la vida de los pueblos que viven en una nación.

b) Naturaleza.

La naturaleza de la Política es el hombre mismo; ya que, al vivir en sociedad y formar un Estado, necesita de gobernantes que dirijan a la sociedad hacia su bien común. En Grecia, la política se basaba en el Honor, en Roma, en el Ordenamiento Jurídico; En la Edad Media, en el territorio y en la actualidad; en la Nación. Pero la verdadera política se debe de ejercer hacia uno de los elementos del Estado: el Bien Común antes que el Bien Particular.

c) Sentido humano de la política.

La mejor manera de llegar a una política auténticamente humana es fomentar el sentido interior de la justicia, de la benevolencia y del servicio al bien común y robustecer las convicciones fundamentales en lo que toca a la naturaleza verdadera de la comunidad política y al fin, recto ejercicio y límites de los poderes públicos. Las formas de comunidad política deben tender siempre a formar un tipo de hombre culto, pacífico y benévolo respecto de los demás para provecho de toda la familia humana. Hay que prestar gran atención a la educación cívica y política, que hoy día es particularmente necesaria para el pueblo, y sobre todo para la juventud, a fin de que todos los ciudadanos puedan cumplir su misión en la vida de la comunidad política. Los hombres de hoy desean participar cada vez más activamente en la vida social y sobre todo en la económica y política.

d) Misión y Cualidades de los Políticos.

El Papa Juan Pablo II dice: "Quien está llamado a ocupar cargos públicos y responsabilidades en las sociedades democráticas no debe olvidar nunca que no representa un poder impersonal centralizado, sino a la gente, el conjunto vivo de mujeres y hombres, de niños y ancianos, de sanos y enfermos, de ricos y pobres, en que se articula el cuerpo social. De ahí que cuantos desempeñan funciones en la administración pública, en todos los niveles, no deben transigir jamás cuando se trata de valores". Quienes son, o pueden llegar a ser, capaces de ejercer ese arte tan difícil y tan noble que es la política, Luchen con integridad moral y con prudencia contra la injusticia y la opresión, contra la intolerancia y el absolutismo de un solo hombre o de un solo partido político; conságrense con sinceridad y rectitud, más aún, con caridad y fortaleza política, al servicio de todos.

PERSONALIDAD DEL ESTADO

1.PRINCIPIO DE PERSONALIDAD

"El Estado no abarca dentro de sí mismo y no reúne mecánicamente, en un determinado territorio, un conglomerado amorfo de individuos. El Estado es, y debe ser en realidad, la unidad orgánica y organizadora de un verdadero pueblo"

El estudio de la persona humana en el Estado concluye con el principio de personalidad.

Desde el Punto de Vista filosófico, el principio de personalidad es la relación de interdependencia de los hombres en la sociedad; Efraín Gonzalez Morfín dice: "El principio inicial de la filosofía social es el de personalidad, que enuncia la relación real de interdependencia de las personas humanas que constituyen la sociedad".

Desde el punto de vista jurídico, es el Estado como persona; es decir, como sujeto de derechos y obligaciones. El Estado, tanto al interior como al exterior, es un organismo que tiene derechos que debe hacer valer y obligaciones que debe ejercitar y cumplir. Pero su personalidad está sujeta y limitada por el Derecho. La Autoridad sólo puede hacer lo que está expresamente permitido por la ley.

Como sujeto de derechos, el estado tiene la facultad de exigirle a sus nacionales el cumplimiento de sus leyes, recaudar impuestos, pedir el servicio de sus nacionales cuando sea necesario, impartir justicia, de hacerse respetar ante sus miembros etc. El estado puede exigirle a sus miembros lo que sea necesario para el desarrollo del país, pero, lo tiene que hacer sólo en por necesidad y de manera justa, legítima y en provecho de toda la sociedad, no del estado mismo.

Como sujeto de obligaciones, el estado tiene el deber de hacer leyes justas, de usar el erario público en servicio a la sociedad, de respetar a sus miembros, de hacer valer los derechos de las personas y de buscar, en pocas palabras el bien común de sus habitantes. El estado sólo debe de intervenir para organizar a la sociedad, pero esa intervención debe de ser lo mínimo posible; también puede intervenir cuando exista algún conflicto o interés nacional, no debe meterse en la vida privada de los particulares mas que cuando éste se lo solicite o se aplique la ley.

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