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sábado, 18 de abril de 2015

Recursos públicos para el entierro digno de personas insolventes

Propuestas electorales Elecciones Locales Mayo de 2015.
Recursos públicos para el entierro digno de personas insolventes.
Representantes políticos que concurrís a las elecciones a la alcaldía de Estepa y Ciudadanos/as todos/as:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Es una triste novedad el hecho de que esta crisis cuyo final no acabamos de ver, está acabando con la dignidad de muchas personas que casi no tienen para vivir. Si es fatal este hecho, imaginémonos la circunstancia de personas que tampoco tienen nada para morir. De hecho, es noticia el que muchas universidades españolas se hayan visto en la necesidad de no aceptar más donaciones de cadáveres para investigación; pues son entregados estos por familias insolventes ante la imposibilidad de pagar un entierro digno de su ser querido. Estepa no está exenta de esta circunstancia y lo vimos tristemente hace unas semanas. Un hombre de Estepa fallecido, con la autopsia hecha en Sevilla y el cadáver allí retenido sin que se pudieran pagar los costes. Gracias a la donación generosa de un nutrido grupo de personas se pudo reunir el dinero y el cadáver recibió en Estepa un entierro digno. 


En la sociedad en la que vivimos y aun a pesar de las desigualdades manifiestas, creo que es una necesidad imperiosa el que se atienda a esta circunstancia de la insolvencia económica ante la muerte, que es una triste realidad en nuestro pueblo; pues existen personas sin recursos e incluso sin amparo familiar por las peculiaridades de su circunstancia social.

OBJETIVO:

Visto lo cual, considero que debe ser un compromiso irrenunciable de un equipo de gobierno, el articular los fondos necesarios para auxiliar a las personas fallecidas y sin solvencia económica; articulando un procedimiento por medio del cual y en función de la demostrada insolvencia económica del finado y el posible desamparo de su familia –si la tuviere-, proceder a los costes del traslado del cadáver –si fuera necesario-, costear la ceremonia religiosa o aconfesional según proceda y conceder la exención de las tasas o cuotas municipales que se pudieran derivar del proceso de inhumación, así como el alquiler de la bóveda o pudridero.

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